Nº 3.349 - Año XIX

¿Y LAS SALVAGUARDAS QUE PROTEGERÍAN A PLUNA?

astori_campiani_rossilEl 12 de febrero de 2007, luego de firmarse el acuerdo para la conformación de PLUNA S.A. se realizó una conferencia de prensa en donde el entonces Ministro de Economía, Danilo Astori, entre varias respuestas a los periodistas presentes, dijo lo siguiente:

Voy a contestar ahora lo de las salvaguardas que precisamente es uno de los temas que se mejoraron entre la etapa inicial del 4 de enero, de los cual dimos cuenta oportunamente, y este acuerdo que estamos suscribiendo en el dia de hoy. Precisamente el tema de las salvaguardas es uno de los temas que se trataron con mayor detención.
Son 7 las que quiero mencionar y son todas fundamentales, como ustedes apreciarán.

 

En primer lugar, el Poder Ejecutivo uruguayo deberá autorizar la venta de acciones que pueda efectuar el inversor, salvo que no se altere el control accionario y la propiedad sustancial y control de efectivo. Y tendrá derecho de preferencia nuestro Poder Ejecutivo para adquirir tales acciones.

Segunda salvaguarda, toda venta de acciones debe respetar la mayoría de acciones en manos de personas físicas o jurídicas uruguayas. Esto es así por la ley que establece que para conservar la bandera uruguaya tiene que haber mayoría de acciones en manos de personas físicas o jurídicas uruguayas.

En tercer lugar, el Estado tendrá poder de veto para las siguientes 6 decisiones:
1) Modificar los estatutos.
2) Disolver la sociedad.
3) Aprobar el balance anual.
4) Cambios fundamentales del objeto social.
5) Cambios significativos en el plan de negocios.
6) Emisión de obligaciones canjeables por acciones.
En todos estos temas el Estado uruguayo tiene poder de veto.

Cuarta salvaguarda, habrá siempre 2 directores del Estado, sea cual sea el capital que tenga. La mayoría de los directores, 5 de 7, tienen que ser uruguayos.

Quinta salvaguarda, habrá un comité de apoyo a la gestión integrado por 1 director del Estado y otro del inversor y el gerente general con el propósito de colaborar y seguir la gestion de la empresa.

Sexta salvaguarda, la remuneración de los gerentes, directores y síndicos se encuentra limitada a remuneraciones similares a otras empresas. Esto es que se toman como referencia retribuciones comparables.
Los sueldos de directores y síndicos designados por el Estado los fija y los paga el Estado y PLUNA se los reembolsa al Estado.

Séptima salvaguarda, la mayoría de miembros de la comisión fiscal es designada por el Estado. Es el órgano de control máximo de la sociedad. Sus atribuciones legales son...viene una larga lista de atribuciones legales que no la voy a leer para no aburrirlos.....
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Foto: archivo de El Pais
Dario Queirolo 2018

DARÍO QUEIROLO

Darío Queirolo, periodista especializado en viajes y turismo, con vasta trayectoria en la industria turística.
Comenzó a trabajar como agente de viajes en 1977, en Uruguay y los Estados Unidos.
Entre los años 1978 y 1980 fue guía de turismo en New York City y Washington D.C..

En el año 1980 estableció su agencia de viajes, First Class World Tours, en 501 5th Avenue, NYC.
Fundó la revista de turismo Infotur en 1983, primera revista en español para profesionales del turismo en Nueva York y Nueva Jersey. 

En 1999 comienza en Uruguay su proyecto PASAPORTE, con el lanzamiento de la primera guía bilingüe de turismo Pasaporte Uruguay.
En el año 2005 fundó el periódico digital Pasaporte News.